En una factura de autónomo se suma el IVA a la base imponible y, si el cliente es una empresa o profesional y tu actividad lo requiere, se resta la retención de IRPF. El total a cobrar es base + IVA − retención. Te explicamos cómo hacerlo y cuándo declarar cada impuesto.
La fórmula de una factura
Total a cobrar = base imponible + IVA − retención de IRPF. Con una base de 1.000 euros, IVA del 21 % y retención del 15 %, el IVA son 210 euros, la retención 150 euros y el cliente te paga 1.060 euros. Puedes hacer este cálculo, también al revés, con la calculadora de IVA e IRPF en facturas.
Qué tipo de IVA aplicar
| Tipo | Porcentaje | Se aplica, por ejemplo, a |
|---|---|---|
| General | 21 % | La mayoría de bienes y servicios profesionales |
| Reducido | 10 % | Hostelería, transporte de viajeros, algunos alimentos y vivienda |
| Superreducido | 4 % | Pan, leche, frutas, libros, medicamentos de uso humano |
Algunos servicios están exentos de IVA, como los sanitarios o los educativos. Si tienes dudas sobre qué tipo corresponde a tu actividad, consulta con un asesor fiscal.
Cuándo hay que poner retención de IRPF
- Profesionales (abogados, diseñadores, consultores, etc.) que facturan a empresas o a otros autónomos: 15 %.
- Nuevos profesionales: 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes, si no ejercieron la actividad el año anterior.
- Alquileres de locales: 19 %.
- Clientes particulares: normalmente no se retiene.
La retención es un adelanto de tu IRPF: tu cliente la ingresa en Hacienda por ti y tú la descuentas en la declaración de la renta.
Cuándo se declara
El IVA se declara cada trimestre con el modelo 303 y los pagos fraccionados del IRPF con el modelo 130, normalmente en abril, julio, octubre y enero. Las fechas límite habituales son el día 20 del mes siguiente al trimestre, y el 30 de enero para el cuarto trimestre. Comprueba el calendario oficial de la Agencia Tributaria cada año.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que poner IVA y retención en todas mis facturas?
El IVA, salvo exenciones. La retención solo si eres profesional y facturas a una empresa u otro autónomo.
¿Qué es la base imponible?
Es el precio de tu trabajo antes de impuestos. Sobre ella se calculan el IVA y la retención.
¿Puedo deducirme el IVA de mis gastos?
Sí, el IVA soportado en gastos vinculados a tu actividad se resta del IVA que has cobrado en tu declaración trimestral.
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